Legislación
Establece que se debe remitir a la Contaduría General de la Provincia, la información periódica prevista en las normas reglamentarias, respecto a las recaudaciones efectuadas, los compromisos contraídos, los gastos devengados y los pagos efectuados, con indicación de las imputaciones presupuestarias respectivas.
DescargarNormas e instrucciones correspondientes a Cierre y creación de los Fondos Permanentes o Rotatorios y presentación, ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, de la Rendición Final de los Fondos Permanentes o Rotatorios.
DescargarPone en conocimiento la aprobación del Formulario C-42 “ORDEN DE PAGO SIN IMPUTACION PRESUPUESTARIA”.
DescargarFija los procedimientos y elaboración de los manuales necesarios para que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Provincial no Financiero, lleven los registros de ejecución de recursos y gastos, a cuyo cargo se haya creado la Caja Chica.
DescargarNormativa para el cumplimiento por los Servicios Administrativos Financieros u Organismos a quienes se les haya asignado una Caja Chica para la realización periódica de la correspondiente rendición, para que opere su reposición.
DescargarInstrumenta el documento que servirá de base en la contabilización de la entrega de fondos (Caja Chica) por parte de los responsables del Fondo Permanente o Rotatorio entregada a otros agentes de la Administración Provincial, con el objeto de atender gastos de menor cuantía que deban abonarse al contado.
DescargarSe fijan los procedimientos y elaboran los manuales necesarios para que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Provincial no Financiero, lleven los registros de ejecución de recursos y gastos.
DescargarConfección del Formulario de Reposición de Fondo Permanente, incluye el Formulario C-43 - “Fondo Rotatorio y Reposiciones”.
DescargarContiene las instrucciones que deberán observar los responsables de ordenar el pago de erogaciones cuya efectivización no se realice a través de los Fondos Permanentes o Rotatorios.
DescargarPrecisa las instrucciones sobre el trámite que corresponde realizar a las Unidades Ejecutoras, con el objeto de obtener la provisión de los bienes y/o servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones específicas, autorizando a tales fines la utilización de los créditos presupuestarios de los que son titulares.
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